SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
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Inscripción de Propiedades
Se requiere presentar los siguientes documentos:
En esta página usted podrá revisar las siguientes informaciones de su trámite: estado actual, historial de movimientos, obeservaciones y valores.
- Copia autentica del título respectivo o de la sentencia o decreto judicial. El Conservador admitirá como copia autentica toda copia autorizada con las solemnidades legales por el notario o funcionario competente.
- Certificado de Deuda de Contribuciones en el que conste que se encuentran canceladas al día.
- Formulario 2890 del SII suscrito por el notario que entregó la escritura pública. En caso de inscribir por resolución judicial, el Conservador provee de dicho formulario.
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Inscripción de Posesión Efectiva
Hay que distinguir entre herencias testadas y abiertas en el extranjero; y las intestadas y abiertas en Chile.
En el caso de que el causante no haya testado; se debe acudir al Servicio de Registro Civil y solicitar la Posesión Efectiva. Cumplido este trámite, debe presentar la documentación obtenida para que se realice la inscripción por el Conservador
En cuanto a las herencias testadas y las abiertas en el extranjero; deben ser tramitadas ante el tribunal por un profesional competente y una vez completado el proceso, la documentación es remitida a este oficio por un receptor judicial, el cual tramita la inscripción.
La documentación requerida en este último caso es la siguiente:
- Copia del testamento.
- Copia de la posesión efectiva.
Ambas copias deben estar debidamente autorizadas y legalizadas.
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Inscripción de Hipotecas y Gravámenes
Se requiere presentar los siguientes documentos:
- Escritura de constitución de gravamen.
- Certificado de contribuciones al día o certificado de avalúo fiscal vigente en caso de encontrarse exento de contribuciones.
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Inscripción de Prohibiciones e Interdicciones
Se requiere presentar los siguientes documentos:
- Escritura de constitución de la prohibición.
- No se requiere acreditar las contribuciones al día.
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Inscripciónes de Comercio (Sociedades, Mandatos o Actas)
Han de proporcionarse dos extractos de la escritura de constitución o modificación según sea el caso y el Diario Oficial del día en que se publicó el extracto para anotar la subinscripción al margen. Si se desea inscribir un mandato o acta, se debe acompañar la reducción a escritura pública respectiva.
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Inscripción de Propiedad de Aguas
Se requiere presentar la escritura de constitución de gravamen o, en su defecto, la resolución judicial.
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Inscripción de Hipotecas y Gravámenes de Aguas
Se requiere presentar la escritura de constitución de gravamen o, en su defecto, la resolución judicial.
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Inscripción de Prohibiciones e Interdicciones de Aguas
Se requiere presentar la escritura de constitución de gravamen o, en su defecto, la resolución judicial.